LEY DE MEMORIA HISTÓRICA. NACIONALIDAD ESPAÑOLA
Concesión de la nacionalidad española a descendientes de españoles (A partir de 28 de Diciembre de 2008)
La Ley 52/2007, conocida como Ley de Memoria Histórica, reconoce la injusticia que supuso el exilio de muchos españoles durante la Guerra Civil y la Dictadura.

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En consecuencia, la citada Ley en su disposición adicional séptima permite la adquisición por opción de la nacionalidad española de origen a las personas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y a los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio.
EN CUANTO A LOS HIJOS Y NIETOS DE ESPAÑOLES podran solicitar la nacionalidad española aquellas personas que acrediten ser hijos o nietos de todos aquellos españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y 31 de diciembre de 1955.
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